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  POSTING DATE: DECEMBER 5,  2016
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Immigration
Questions & Answers
Question:Acabo de leer su boletín sobre "Más malas noticias para los inmigrantes ..." y "Consejos para Sobrevivir a esta nueva era anti-inmigrante de Trump". Bueno, mi hija, de 16 años de edad, nació en los EE.UU. en el año 2000 y ella es un ciudadano americano. En ese momento yo estaba trabajando allí bajo la condición de visa H1-B. Dejamos los EE.UU. y estamos en viviendo en Brasil. Me gustaría saber si mi hija está en riesgo de perder su ciudadanía estadounidense y si hay algo que deba hacer ahora para evitar esto. Les agradezco mucho por su respuesta.
This Week's Immigration News 
By Immigration Attorney Caroly Pedersen

La posible campaña ofensiva de las inmigraciones por parte de Trump hace que más inmigrantes soliciten las exenciones provisionales
Con la ofensiva contra la inmigración prometida por la Administración de Trump avencinándose en 2017, los inmigrantes están luchando para solicitar programas de inmigración y algunos que califican, para las exenciones. Recientemente, el gobierno de Obama expandió dramáticamente la elegibilidad para la calificación de miembros de la familia patrocinados que se encuentran en los EE.UU. con estatus migratorio expirado, para obtener la residencia después de recibir una "exención" (llamada exención de presencia ilegal provisional, o exención provisional). 

Hasta recientemente, el programa existente sólo permitía a los "parientes inmediatos” calificar para la exención. Ahora, los familiares elegibles incluyen padres, cónyuges, hijos casados y solteros, hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses y cónyuges e hijos solteros de los residentes de los Estados Unidos.
El escenario era que, por lo general, a los inmigrantes que se quedan en los EE.UU. ilegalmente durante más de 6 meses, se les prohibía regresar a los EE.UU. durante 3 años y los que se quedaban por un año o más tenían prohibido el regreso durante 10 años después de su salida. En tales casos, estos inmigrantes no son elegibles para inmigrar a los EE.UU. debido a esa "barrerra", sin una “exención” aprobada, que es como el perdón por parte del gobierno de Estados Unidos. En el pasado, los individuos que solicitan dichas exenciones fueron obligados a salir de los EE.UU. y solicitar la exención en el extranjero. Bajo la política actual, las exenciones pueden presentarse mientras que el miembro de la familia inmigrante permanece en los EE.UU., a continuación, una vez que el perdón es aprobado, entonces pueden dejar con seguridad los EE.UU. y recibir una Visa de Inmigrante por parte del Consulado para reingresar a los EE.UU. y obtener la residencia.

Para tener derecho a estas exenciones, los solicitantes deben tener una solicitud I-130 aprobada con una "fecha de prioridad" actual y presentar una solicitud formal para demostrar que la negación de una visa de inmigrante se traduciría en "dificultad extrema" a un ciudadano o residente de los Estados Unidos quien los patrocinó. La solicitud de exención requiere una extensa documentación y preparación profesional para establecer la elegibilidad para su aprobación. Es importante recordar que los inmigrantes en los EE.UU. con solicitudes I-130 aprobadas, pero que aún no han alcanzado la fecha de prioridad no son elegibles para la exención hasta que su fecha de prioridad se ponga al día. Así que asegúrese de tener un abogado de inmigración calificado que verifique que su "fecha de prioridad" está actualizada, antes de pasar por el costoso proceso de exención. 

Para saber más sobre las exenciones puede llamar a nuestra oficina al: 954-382-5378
Nueva Guía de Naturalización del USCIS disponible
El USCIS ha actualizado su Guía de Naturalización para incluir información actualizada acerca de la elegibilidad y los requisitos de naturalización. 

Usted puede obtener un enlace a la nueva Guía de Naturalización:

A Guide To Naturalization
Answer: Esa es una gran pregunta. Si el derecho a la ciudadanía por nacimiento en los Estados Unidos fue abolido, no sería retroactiva, lo que significa que sólo se aplica a niños nacidos en los EE.UU. después de que la ley haya cambiado en el futuro. No se aplicaría a los niños nacidos en los EE.UU. hasta ese momento. El derecho a la ciudadanía por nacimiento se rige por la decimocuarta enmienda de la Constitución de Estados Unidos. Para cambiarlo, es necesaria la modificación de la Constitución, que puede o no puede ser posible. Sin embargo, muchos republicanos creen que el Congreso puede aprobar una ley de clarificación de la Enmienda 14 para interpretarla de una forma que no de la ciudadanía automática estadounidense a todos los niños nacidos en los EE.UU. Los estudiosos del derecho no están de acuerdo y dicen que, si eso ocurre, el Tribunal Supremo tendría que sopesar. El temor entre expertos en inmigración, sin embargo, es que una vez que Trump nombre a un juez del Tribunal Supremo conservador, el Tribunal Supremo puede sesionar en favor del Congreso sobre este problema. Así que, en el caso de su hija, no se preocupe, ella es un ciudadano de Estados Unidos ahora y siempre!
Inmigración Cómo:
¿Cómo reemplazo mi tarjeta I-94 perdida? 
Próximos actos de naturalización anunciados para algunas ubicaciones del USCIS al sur de la Florida
Oficina Local de Miami - 16 de diciembre de
Oficina Local de Hialeah - 10 de diciembre y 17
Oficina Local de Kendall - 9 de diciembre y 16
Oficina Oakland Park Campo - 9 de diciembre y 16
Question: Hola Caroly, ¿Cómo estás? Hace un tiempo que no escribo. Tengo una pregunta sobre la pluralidad de notificaciones. La hermana de mi esposa es un ciudadano de Estados Unidos. La hermana patrocinó a mi esposa en octubre de 2015. La mamá de mi esposa, lo más probable, es que consiga su ciudadanía antes de diciembre. Su última entrevista es esta semana. ¿Debe la madre de mi esposa también presentarse por ella? Sería la Preferencia 3 vs Preferencia 4 de categoría, pero la diferencia de tiempo de un año (la hermana patrocinó a mi esposa en octubre de 2015) debería hacer los tiempos de espera casi iguales. ¿Hay alguna regla en contra (de las presentaciones múltiples) que diga que, debido a que la hermana patrocinó a mi esposa, entonces la mamá de mi esposa no puede patrocinarla también?  
Answer:  Es bueno saber de usted. La visa de inmigrante F4 de un hermano del ciudadano de los EE.UU. toma alrededor de 12-14 años. La visa de inmigrante F3 para hijo casado, adulto de ciudadano de los EE.UU. tarda unos 10-12 años. Su madre sin duda le puede patrocinar, no hay problema. No hay límite en el número de peticiones de visa de inmigrante que se pueden presentar en su nombre por miembros de la familia, incluidos los padres y los hermanos y hermanas ciudadanos de los EEUU. De hecho, ¡cada padre podría presentar para ella, así como cada hermano! Espero que esto sea útil.
Consejos de Inmigración útiles que puede utilizar
¿Qué pasa después de su solicitud de inmigración es archivada?
Una vez que el USCIS recibe su solicitud de inmigración, se emite un recibo, llamado Aviso de Acción I-797 por lo que cualquier tipo de caso se refiere a su aplicación en unos 7-10 días. Por ejemplo, si usted presentó su solicitud de ajuste de estatus (I-485), junto con su solicitud de autorización de empleo (I-765), El USCIS emitirá dos recibos, uno para la I-485 y otro para el I-765. Asegúrese de hacer una copia de sus recibos y guardar los originales en un lugar seguro.

Cada recibo tiene un número de caso, que se encuentra debajo de la fecha de notificación en la parte superior izquierda del recibo. Este número de caso permite realizar un seguimiento del estado de su caso en el sitio web de USCIS y recibir información sobre su estado. Así que asegúrese de registrarse para recibir actualizaciones del estado de casos USCIS llamado MI Caso USCIS.
Si aplicó para un ajuste de estatus, autorización de trabajo, naturalización, DACA, renovación de la tarjeta verde o aplicaciones relacionadas, también se le emitirá un aviso de cita de datos biométricos dentro de aproximadamente 30 días para que usted vaya a la oficina de USCIS y tenga sus huellas digitales tomadas. Una vez que su caso es aprobado, se le volverá a emitir un Aviso de Acción I-797 aprobado para el caso relacionado. Si usted siente que está teniendo problemas con su caso o no ha recibido uno o más recibos relacionados con su caso, puede llamar al USCIS al: 1 (800) 375-5283. Asegúrese de documentar la fecha de su llamada y obtener un número de referencia en caso de tener que llamar de nuevo sobre la misma cuestión.
Sustitución de una tarjeta I-94 de llegada / salida perdida
Un I-94 es un pequeño trozo de papel, que era, hasta hace poco, concedida a todos los visitantes internacionales y los portadores de visas que entran en los EE.UU. Oficialmente se llama la tarjeta de llegada / salida, la I-94 contenía la fecha de entrada en los EE.UU., así como la fecha en la que el individuo debe dejar los EE.UU. A menudo, las personas no entienden lo importante que es esta pequeña tarjeta hasta que es demasiado tarde.

Con el fin de cambiar el estatus migratorio dentro de los EE.UU. a cualquier otra visa de inmigrante o no-inmigrante, las regulaciones de inmigración requieren que una copia de la I-94 se incluya con la aplicación para establecer la elegibilidad.
Los extranjeros deben probar que entraron en los EE.UU. legalmente y fueron inspeccionados por un oficial de inmigración con el fin de calificar para presentar el estatus de inmigración en los EE.UU. Los que no entraron en los EE.UU. legalmente en general, no tienen derecho a solicitar cualquier nuevo estado de inmigración en los EE.UU., incluso cuando se haya casado con un ciudadano de los Estados Unidos a menos que se obtenga una renuncia.

Si se pierde su tarjeta I-94, es robada o dañada seriamente, puede aplicar para reemplazarlo mediante la presentación del Formulario I-102, Solicitud de Reemplazo de Documento Inicial de Entrada y Salida. También puede presentar el Formulario I-102 si desea recibir un reemplazo de la tarjeta I-94 con la información corregida en él - por ejemplo, si el agente de inmigración escribió mal su nombre en la tarjeta inicial I-94. La cuota de registro no reembolsable para el Formulario I-102 es $ 330. Generalmente tarda unos 60 días para recibir el reemplazo de la tarjeta I-94 en el correo.

Bajo el nuevo sistema electrónico I-94 implementado en 2013, a los visitantes internacionales ya no se les emite las tarjetas I-94 en papel a la entrada en los EE.UU. En su lugar, a los individuos se les proporcionan instrucciones sobre cómo acceder a sus registros de la I-94 en línea e imprimir la tarjeta I-94 fuera de la agencia de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP). Puede visitar el sitio de la CBP para imprimir su papel de tarjetas I-94

Obtener su tarjeta I-94 impresa de la Aduana y Protección Fronteriza de EEUU (CBP)